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lunes, 5 de abril de 2021

Ostracismo para el mal gobernante

 

Mi "ostracon" para Pablo Iglesias

El ostracismo en la Grecia clásica era una condena que se le aplicaba por parte de la Asamblea de ciudadanos a aquél que según esta asamblea era un peligro para el bien público. La condena consistía en el destierro de esa persona durante diez años fuera del territorio ateniense. El condenado no perdía sus derechos como ciudadano aunque no los podría ejercer hasta pasada la condena. Creo que esta costumbre de los atenienses ha sido superada ya hace bastante tiempo por el derecho, primero el romano, luego el medieval y posteriormente todos los códigos penales que las distintas democracias han ido legislando a lo largo de la historia.

 Actualmente se encuentra, según creo, en el artículo 33 del Código Penal español donde se reconoce como una de las penas de posible imposición la «privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos por tiempo de seis meses a tres años». Ese es el que permite a un juez condenar a un hombre al destierro.  

Su contenido está regulado en el artículo 57, en el que se dispone lo siguiente:

«Los jueces y tribunales, en los delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, atendiendo a la gravedad de los hechos y al peligro que el delincuente represente, podrán acordar en sus sentencias la prohibición de que el reo vuelva al lugar en que haya cometido el delito o acuda a aquel en que resida la víctima o su familia».

Solo se da en casos de especial gravedad. Como ese hombre de Vilaboa a quien la Audiencia Provincial castigó con no pisar Culleredo durante 5 años. Intentó matar a un vecino atropellándolo con el coche por la espalda cuando caminaba por la acera.

No me digan que no es estimulante pensar que los españoles en el ejercicio de nuestra libertad y bajo la supervisión de un tribunal de justicia (Audiencia Nacional o Tribunal Supremo) y con todas las garantías procesales de nuestro ordenamiento jurídico pudiéramos mandar al destierro durante unos años a las personas que, votadas en asamblea, se consideraran por sus actos peligrosas para el bien común. A mí se me ocurre algún que otro sustituto de Profesor Titular Interino en la UCM a la que se podría condenar a esta pena de ostracismo en bien de los ciudadanos españoles y con ánimo de librarnos por unos años de este comunista pesado y trasnochado con aires de jesuita.

 Pero como decía Calderón en el famoso monólogo de Segismundo en su obra “La vida es sueño”

 Sueña el rey que es rey, y vive
con este engaño mandando,
disponiendo y gobernando;
y este aplauso, que recibe
prestado, en el viento escribe,
y en cenizas le convierte
la muerte, ¡desdicha fuerte!
¿Que hay quien intente reinar,
viendo que ha de despertar
en el sueño de la muerte?

Sueña el rico en su riqueza,
que más cuidados le ofrece;
sueña el pobre que padece
su miseria y su pobreza;
sueña el que a medrar empieza,
sueña el que afana y pretende,
sueña el que agravia y ofende,
y en el mundo, en conclusión,
todos sueñan lo que son,
aunque ninguno lo entiende.

Yo sueño que estoy aquí
destas prisiones cargado,
y soñé que en otro estado
más lisonjero me vi.
¿Qué es la vida? Un frenesí.
¿Qué es la vida? Una ilusión,
una sombra, una ficción,
y el mayor bien es pequeño:
que toda la vida es sueño,
y los sueños, sueños son.

 

SOÑAR ES GRATIS, … de momento

 Un saludo y nos leemos